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Las Haciendas Locales deberán disponer de los medios suficientes para el desempeño de las funciones y se nutrirán fundamentalmente de tributos propios y de participación en los del Estado y de las Comunidades Autónomas. Las Ordenanzas fiscales son unos de los instrumentos a través de los cuales los Ayuntamientos implantan y exigen aquellos tributos que han sido previamente establecidos por la Ley, por lo tanto, estamos ante una potestad tributaria que en el caso de las Entidades Locales es derivada. Las Entidades Locales deberán acordar la imposición y supresión de sus tributos propios, y aprobar las correspondientes Ordenanzas Fiscales. Además, las Entidades Locales tendrán autonomía para establecer y exigir tributos. Gracias a las contribuciones de los vecinos se pueden llevar a cabo proyectos para mejorar nuestro municipio y los servicios que se gestionan desde el Ayuntamiento. Sabrina Amorós Concejala Delegada de Hacienda |
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